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Las características de estos préstamos serán las siguientes:
Valor nominal mínimo: partir de 50.000 euros, sin establecerse importe máximo. El valor nominal del préstamo no podrá superar, en ningún caso, el 80% del valor de la inversión objeto de financiación. No obstante, el préstamo del ICO podrá financiar hasta el 100% del valor de los gastos de consultoría y calificación crediticia necesarios para optar a la financiación en el marco de esta línea.
Plazo de amortización: superior a 5 años y hasta 10 años, incluidos hasta 2 años de carencia de principal.
Comisión de apertura del 0,5% sobre el importe formalizado.
Comisión por cancelación anticipada del 0,5% del importe reembolsado, salvo que ésta se produzca por incumplimiento del beneficiario en cuyo caso la comisión a aplicar será del 1%.
ICO Crecimiento Exportadores es una línea del Plan de Recuperación, que cuenta con un componente de ayuda procedente de los fondos Next Generation. El ICO canalizará este componente hacia las pymes a través de dos vías: bonificación parcial del tipo de interés e incorporación de un tramo no reembolsable en las operaciones. En todos los casos, el componente de ayuda estará sujeto al cumplimiento de la normativa de Ayudas de Estado de la Unión Europea.
Tipo de interés:
- Incorporará una bonificación de 100 puntos básicos sobre el tipo de interés de mercado. Dicha bonificación se condiciona al cumplimiento de las condiciones de elegibilidad de la línea ICO CRECIMIENTO EXPORTADORES, con sujeción a las normas establecidas en materia de Ayuda de Estado. Asimismo, a lo largo de la vida del contrato, la bonificación queda condicionada a que la empresa no incurra en los supuestos de revocación de la bonificación.
- Con carácter general, el tipo de interés de mercado será el Euribor a un año (con límite inferior 0%) + 1,75%.
- Para las operaciones con aval otorgado por una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR), el tipo de interés de mercado se corresponderá con el aplicado por las entidades financieras privadas a operaciones avaladas por las SGRs en condiciones similares a las previstas en este DCG, atendiendo al convenio de financiación bilateral suscrito por el ICO con las distintas SGRs que operan en el territorio nacional.
El día 15 de cada mes, se efectuarán las liquidaciones de intereses mensuales y amortizaciones con cuotas mensuales constantes.
TRAMO NO REEMBOLSABLE (TNR)
Importe máximo del TNR: el mínimo entre 200.000 euros y el 30% del valor nominal de la operación.
El TNR de la operación se aplica a amortizar anticipadamente las últimas cuotas de amortización del préstamo, siempre que se cumplan los requisitos y condiciones reguladas en este DCG.
Conceptos financiables por el TNR:
- Costes de inversión en activos materiales (terrenos, edificios e instalaciones, maquinaria y equipos) adquiridos con posterioridad a la solicitud de financiación
- Costes salariales calculados a lo largo de un periodo de dos años relativos al proyecto de inversión en activos materiales.
En estos dos supuestos, se podrá financiar con cargo al TNR un porcentaje del 10% para pymes y un 20% para microempresas.
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Servicios en materia de internacionalización de la actividad productiva prestados por ICEX España por importe del 50% del gasto incurrido.
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Participación en ferias comerciales por importe equivalente al 50% del gasto incurrido.
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Comisión de apertura, comisión de estudio o similar cargado por una entidad de depósito o Sociedad de Garantía Recíproca (SGR). En caso de aval de SGR, también sería financiable mediante el TNR la adquisición de las cuotas participativas de la SGR necesarias para acceder a la garantía.
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Comisión de aval upfront cargada por una entidad de depósito o Sociedad de Garantía Recíproca, por importe de 0,5%+0,4%* Plazo de vencimiento operación.
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