Líneas Avales COVID-19

Extensión del plazo de vencimiento de los avales gestionados por cuenta del Estado conforme al Acuerdo de Consejo de Ministros de 21 de junio de 2022 y la Decisión de la Comisión Europea de 30 de junio de 2022

El ICO, conforme al Acuerdo de Consejo de Ministros de 21 de junio de 2022 y la Decisión de la Comisión Europea de 30 de junio de 2022, ha procedido a habilitar, en colaboración con las entidades financieras operadoras en las Líneas ICO Avales Covid-19, la posibilidad de extensión del plazo de vencimiento de los avales gestionados por cuenta del Estado.

Se trata de facilitar las extensiones de plazo de vencimiento de la financiación otorgada a las empresas y autónomos avalada en virtud del Real Decreto ley 8/2020, de 17 de marzo y Real Decreto ley 25/2020, de 3 de julio, una vez finalizada su vigencia con fecha 30 de junio de 2022 el Marco Temporal Europeo relativo a las medidas de ayuda destinadas a respaldar la economía en el contexto de la pandemia del Covid-19. La extensión del aval se llevará a cabo cuando, previa solicitud del deudor, la entidad financiera decida la extensión del plazo de vencimiento de la financiación otorgada y siempre en cumplimiento de toda la normativa referente al citado Marco Temporal.

Las extensiones de plazo de financiación avalada que cumplan los requisitos establecidos en el citado Acuerdo de Consejo de Ministros pueden ser solicitadas por parte de las empresas y autónomos a sus entidades financieras a partir del 30 de junio de 2022, quienes podrán aceptar o rechazar la solicitud en aplicación de sus procedimientos y políticas internas, y siguiendo las condiciones establecidas en el dicho Acuerdo.