El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) y el Grupo ICO, en calidad éste de Implementing Partner (socio colaborador) de la Comisión Europea, participan en el nuevo programa de subvenciones no reembolsables de la Unión Europea denominado Alternative Fuels Infrastructure Facility, enmarcado en su mecanismo CEF Transport.
El objetivo de ICO, en colaboración con MITMA, es tratar de optimizar la aplicación de estas ayudas a empresas españolas para el desarrollo de proyectos de infraestructuras de carga y suministro de carburantes alternativos (hidrógeno y electricidad, principalmente) para el transporte, tanto en vehículos privados como en sistemas de transporte público, puertos y aeropuertos, que contribuyan a la descarbonización del transporte a lo largo de la Red Transeuropea de Transporte (“TEN-T”).
La gestión y concesión de las ayudas están a cargo de CINEA, la European Climate, Infrastructure and Environment Executive Agency. Pueden obtener información detallada sobre la convocatoria actual de ayudas AFIF en la siguiente dirección: https://cinea.ec.europa.eu/events/virtual-info-day-cef-transport-call-alternative-fuels-infrastructure-facility-afif_en
Para ello se combinan i) la solicitud de las subvenciones, que se realiza electrónicamente en AFIF, Alternative Fuels Infrastructure Facility -General envelope (3) [CEF-T-2021-AFIFGEN], y; ii) la financiación reembolsable de ICO para completar las necesidades financieras de los proyectos. Esta combinación de recursos (subvención y financiación) se conoce como “blending”.
¿En qué consiste AFIF y qué proyectos apoya?
La convocatoria de AFIF lanzada en septiembre de 2021 para el sector del transporte ofrece subvenciones no reembolsables para inversión en infraestructuras en las siguientes tipologías de proyectos (“proyectos elegibles”):
1) Puntos de recarga eléctrica para vehículos ligeros y/o pesados; conexión a la red
Puntos de recarga para |
Potencia mínima |
Límite subvención |
Vehículos ligeros |
150 kW |
20.000 € |
Vehículos pesados |
350 kW |
40.000 € |
Conexión a red |
600 kVA |
20.000 € |
2) Infraestructuras “Cero Emisiones”:
a) De recarga eléctrica para transporte público; transporte fluvial y marítimo; vehículos y equipos portuarios; operaciones en tierra en aeropuertos.
La subvención es de hasta el 30% del coste elegible.
b) De recarga de hidrógeno para vehículos ligeros (“LDV”) y/o pesados (“HDV”) de largo recorrido; para el transporte público; buques de navegación interior y marítima; vehículos y equipos portuarios; ferrocarriles.
La subvención es de hasta el 30% del coste elegible.
3) Infraestructuras de “Bajas Emisiones”: estaciones de repostaje de gas natural licuado para buques de navegación interior y marítima.
La subvención es de hasta el 10% del coste elegible.
¿Qué financiación asociada debe llevar el proyecto elegible?
AFIF combina:
i. Una subvención concedida por la Comisión Europea, con;
ii. La financiación de ICO: hasta el 100% del proyecto con un mínimo de EUR 10 millones (incluye los costes elegibles para recibir la subvención de la Comisión Europea y también no elegibles). La financiación puede ser en forma de capital o deuda.
¿Cuándo se puede solicitar?
Va a haber cinco fechas límite sucesivas hasta noviembre de 2023 para la presentación de propuestas a la Comisión. La fecha límite de la convocatoria abierta actualmente es el 7 de noviembre de 2023.
Una vez aprobada por parte de ICO la financiación del proyecto asociado a la subvención de AFIF, el beneficiario realiza la solicitud de la subvención a CINEA de manera electrónica.
Desde esa fecha, habrá un plazo máximo de 8 meses para la firma del Contrato de Financiación con ICO, más un mes adicional para firmar el Contrato de Subvención con la Comisión Europea-CINEA. Antes de la firma de la financiación con ICO (aproximadamente a los cuatro meses desde la fecha límite), el Comité CEF de la Comisión Europea notificará a los beneficiarios y a ICO la decisión final sobre la concesión de la subvención.
Conformidad del Estado Miembro:
Previamente es necesario haber obtenido el Certificado de conformidad del Estado Miembro.
Puede encontrarse el procedimiento para la obtención del certificado de conformidad del Estado miembro de forma previa a la presentación de la solicitud de ayuda en la página web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA), donde se incluye asimismo información adicional relacionada con los fondos CEF:
https://www.mitma.gob.es/el-ministerio/fondos-europeos-cef/convocatorias_2021-2027
¿Quién puede solicitar la subvención?
De forma general, los solicitantes (beneficiarios y entidades afiliadas) serán entidades o empresas públicas o privadas, e instituciones internacionales, establecidas legalmente en uno de los Estados Miembros de la Unión Europea con su conformidad de acuerdo con lo establecido en el artículo 11.6 del Reglamento 2021/1153 por el que se establece el Mecanismo Conectar Europa.
¿A quién deben dirigirse los solicitantes?
A ICO o cualquier entidad acreditada por la Comisión Europea para la implementación de Fondos Comunitarios, conforme al Art. 62(1)(c) (EU Euratom) No 2018/1046 (FR). La solicitud de subvención (junto con el resto de documentos a presentar y la previa aprobación de la financiación por parte de ICO) se realizará electrónicamente a través de la página web de CINEA antes de la fecha límite.
Para cualquier duda o gestión en relación con este programa, el ICO pone a disposición de los interesados la siguiente dirección de correo electrónico: cef.afif@ico.es
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