Bienvenido,Benvinguts,Benvidos,Ongi Etorri,Welcome,Mapa,Contacto,Imprimir
 
FINANCIACIÓN

flecha abajoLínea de Financiación de Producción Cinematográfica

flecha abajoCONVENIO DE COLABORACIÓN ICO - ICAA PRODUCCIÓN CINEMATOGRÁFICA 2010

CUANTÍA DEL CRÉDITO

Cincuenta millones de euros (50.000.000 €).

VIGENCIA

  • 22 de septiembre de 2010.- Fecha límite para la presentación de solicitudes ante las Entidades de Crédito Mediadoras.
  • 5 de noviembre de 2010.- Fecha límite para la concesión y formalización de las operaciones.

ÁMBITO TERRITORIAL DE APLICACIÓN

El ámbito territorial de aplicación del presente Contrato será el Estado Español.

CLIENTES

Podrá ser CLIENTES las empresas privadas de producción cinematográfica, de cualquier lugar de España, inscritas en la Sección Primera del Registro de Empresas del ICAA con datos actualizados, siempre que cumplan las condiciones y requisitos establecidos en el presente Contrato.

INVERSIONES FINANCIABLES

Serán financiables a través de esta Línea los proyectos de producción cinematográfica de largometrajes para los que no se hubiera concedido una ayuda sobre proyecto del ICAA.

IMPORTE DE LA FINANCIACIÓN POR PROYECTO Y LÍMITES

Hasta un importe máximo del 50% del presupuesto de la película, hasta un límite de UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL EUROS (1.200.000 €).

PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA INVERSIÓN

El inicio del rodaje de la película, objeto de financiación, deberá tener lugar dentro de los TRES (3) MESES siguientes a la firma del CONTRATO SUBSIDIARIO.

IMPORTE MÁXIMO POR CLIENTE / AÑO

El importe máximo acumulado, por CLIENTE, será de 4.000.000 €, dentro de cada dotación anual de la Línea.

PLAZOS DE AMORTIZACIÓN Y CARENCIA

El CLIENTE podrá elegir entre las siguientes posibilidades de plazos de amortización y carencia de principal:

  • 5 años, incluidos 3 de carencia (la 1ª amortización de capital se producirá en el mes cuadragésimo segundo).
  • 5 años con amortización a vencimiento.

La amortización entre el Beneficiario Final en su relación con la Entidad de crédito será semestral.

La modalidad de amortización será lineal en cuotas de amortización constantes.

TIPO DE INTERÉS PARA EL CLIENTE

Variable Euribor 6 meses más Diferencial, según cotización quincenal comunicada por ICO más hasta 1,75 %.

AYUDA FINANCIERA DEL ICAA

En los préstamos firmados a 5 años incluidos 3 años de carencia existirá una reducción del tipo de interés en la operación financiera de un 2,19%, correspondiente a la ayuda financiera del ICAA.

Dicha reducción será equivalente a 90 € por cada 1.000 de financiación, aplicables como amortización anticipada del principal.

En los préstamos a 5 años con amortización a vencimiento, una reducción del tipo de interés de los préstamos en 1,87%, correspondientes a la ayuda financiera ICAA.

Dicha reducción será equivalente a 90 euros por cada 1.000 euros de préstamo, aplicables como amortización anticipada del principal.

En ningún caso, el tipo resultante aplicable al cliente podrá ser inferior a cero.

COMISIONES AL CLIENTE

La Entidad de Crédito no podrá aplicar comisión alguna sobre las operaciones formalizadas adscritas a esta Línea en el momento de formalización de la operación.

En las amortizaciones anticipadas, que tengan lugar durante los dos primeros años de la vigencia de la financiación, el Banco/Caja podrá repercutir al CLIENTE una comisión, en función del semestre en que tenga lugar dicha amortización anticipada, dentro de los siguientes límites:

limites comisiones al cliente
semestres de la amortización anticipada máximo a repercutir (% flat)
0,43%
0,30%
0,19%
0,08%


Si la amortización anticipada tuviese lugar en una fecha posterior a los DOS (2) años de vigencia desde la concesión de la financiación, el Banco/Caja no podrá repercutir al CLIENTE ninguna de las comisiones establecidas en esta cláusula.

TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES

Los CLIENTES presentarán su solicitud en cualquiera de las Entidades de Crédito Mediadoras.

SOLICITUD

El proyecto de inversión, susceptible de financiación, deberá presentarse junto con los correspondientes formularios del ICAA (ambos debidamente sellados por la Entidad de Crédito mediadora con indicación de la fecha de presentación) El solicitante deberá remitir los originales de los anexos al ICAA, Plaza del Rey nº 1, 28071 Madrid

  • Anexo de Solicitud ICAA-1: Ayuda a la minoración de intereses de préstamos a la producción.
  • Anexo de Solicitud ICAA-2: Afección y domiciliación de subvenciones.
  • Y el resto de documentación, que se detalla a continuación:
  • Ficha técnico artística del proyecto.
  • Memoria del proyecto.
  • Presupuesto.
  • Plan financiero (inversiones - origen de recursos y “cash-flow” mensual) y Plan de amortización de costes.
  • Plan de trabajo.
  • Acreditación de poseer los pertinentes derechos de propiedad intelectual sobre el guión, y en su caso, el de opción sobre la obra preexistente (contrato o documento de cesión al productor y Registro de la Propiedad Intelectual del guión).
  • Declaración de que el proyecto reúne todos los requisitos establecidos por la legislación vigente para la consideración española de la película.
  • Certificación acreditativa de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, expedida por los respectivos organismos. Dichos certificados pueden obtenerse de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 209/2003 de 21 de febrero.
  • Declaración expresa de no estar incurso en ninguna de las situaciones que contempla el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Actividad desarrollada por la empresa en los últimos años.
  • En el caso de proyectos de largometrajes a realizar en régimen de coproducción hispano extranjera, resolución de la aprobación de dicha coproducción.

RIESGO:

Para operaciones sin Aval de SGR el riesgo es asumido por la Entidad de Crédito.

Los préstamos concedidos por esta Línea de Financiación quedarán garantizados mediante la afección de cualquier ayuda/subvención relacionada con la película objeto del préstamo, que conceda el ICAA al CLIENTE.

Aunque el riesgo es asumido en su totalidad por la Entidad financiera en las operaciones sin aval de una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR), para aquellas operaciones que cuenten con aval de Audiovisual SGR, el riesgo será compartido entre la Entidad financiera y dicha sociedad en el porcentaje que se establezca entre ambas, pudiendo asumir la citada sociedad de garantía recíproca hasta el 100% de dicho riesgo.

LOGO

El CLIENTE se obliga a incluir en la cabecera del largometraje, en cartón único, situado a continuación del nombre del CLIENTE, la siguiente mención:

“Con la financiación de Instituto de Crédito Oficial + LOGO ICO”

Cualquier variación, respecto a la forma o lugar en los que deba ser representada la mención a ICO, deberá ser expresamente autorizada por el ICO o, en su defecto, el ICO podrá exigir al CLIENTE, que modifique a su costa, los títulos o material publicitario que no se atuviera a las condiciones indicadas.

Asimismo, el CLIENTE se compromete a insertar en los anuncios de prensa, carátulas videográficas, carteles y demás promociones en las que aparezca su nombre -independientemente de cuál sea el sistema de explotación comercial del largometraje-, en similar tamaño y en el lugar que racional y estéticamente sea oportuno, lo siguiente:

"Con la financiación de Instituto de Crédito Oficial + LOGO ICO”.

El Instituto de Crédito Oficial se compromete a entregar al CLIENTE, con la antelación suficiente, el logotipo de ICO.

Igualmente, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 18.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, el CLIENTE, deberá dar la adecuada publicidad a la ayuda concedida por el ICAA, para la financiación de la película objeto de financiación. Para ello, deberán hacer mención expresa de esta circunstancia e insertar entre los primeros fotogramas de las película el logotipo de dicho Organismo.

Información Adicional
Anexo 0
pdf. 51 KB

Solicitud
PDF 151 KB

Anexo
PDF 63KB