Pueden solicitar la línea todos aquellos autónomos, Pymes y resto de empresas que lleven a cabo inversiones en el territorio nacional. Se puede financiar hasta el 100 % del proyecto de inversión. La línea estará vigente hasta el 20 de diciembre de 2010.
Inversiones financiables
• Activos fijos productivos nuevos y de segunda mano.
• Adquisición de vehículos turismos, cuyo precio (IVA incluido) no supere los 24.000 euros.
• Adquisición de empresas.
• Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) o Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.).
En ningún caso se financian las reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, cualquier otro impuesto vinculado a la inversión y el circulante.
La inversión a financiar no podrá estar iniciada con anterioridad al 1 de enero de 2009 y deberá ejecutarse en el plazo máximo de 12 meses a contar desde la fecha de firma de la financiación.
Importe máximo de financiación por Cliente
- Autónomos, Microempresas y Pequeñas Empresas: Hasta 2 millones de euros, en una o varias operaciones.
- Medianas Empresas y Resto de Empresas: Hasta 10 millones de euros en una o varias operaciones.
Tipo de interés
- Fijo: según cotización quincenal comunicada por ICO, más hasta 2,00%.
- Variable: Euribor 6 meses más diferencial, según cotización quincenal comunicada por ICO, más hasta 2,00%.
El cliente puede elegir entre los siguientes plazos de amortización: 3, 5, 7, 10 y 12 con y sin carencia para el pago de principal.
La tramitación de las líneas se realiza directamente en las oficinas de los principales bancos y cajas establecidos en España. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por bancos y cajas en las condiciones indicadas en la línea.
El cliente tiene que presentar la documentación que cada Entidad de Crédito considere necesaria para estudiar la operación. Así mismo tendrá que acreditar la realización de la inversión financiada comprometiéndose a aportar facturas, cartas de pago, proyectos, escrituras o cualquier otro documento que pueda servir como comprobante de la inversión realizada.
Cada Entidad de Crédito analiza la solicitud de la financiación y, en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad del proyecto de inversión, determina las garantías a aportar, que pueden ser por ejemplo: hipotecarias, personales, avales mancomunados o solidarios, Sociedades de Garantía Recíproca, etc.
Ver más información de la Línea ICO Inversión Nacional 2010.
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