Salir al exterior, explorar nuevos mercados o implantarse en otro país suponen un gran reto para la mayoría de las empresas. Con el fin de facilitar este proceso, el Instituto pone en marcha un año más la Línea ICO-Internacionalización, destinada a financiar, en condiciones preferentes, las inversiones que realicen las empresas españolas en el exterior.
En 2009 la Línea dispone de 200 millones de presupuesto. Esta línea está destinada a todas las empresas, sin limitación de tamaño, para lo que se establecen dos tramos: préstamos para empresas con menos de 250 trabajadores, con un tipo de interés fijo o variable, Referencia ICO + 0,99%, y préstamos para el resto de empresas con un tipo de interés fijo o variable, Referencia ICO + 1,34%.
El importe máximo financiable para ambos grupos es el 80% del proyecto de inversión neto, con un máximo de 1,5 millones de euros de financiación por cliente y año para las empresas de menos de 250 empleados, y de seis millones de euros, para el resto. Por lo que respecta a los plazos de amortización, el cliente puede elegir entre 5,7 ó 10, con o sin carencia.
Inversiones financiables
La Línea ICO-Internacionalización financia proyectos de inversión en activos nuevos productivos, como pueden ser plataformas logísticas o redes de comercialización, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
- Sin limitación en activos materiales
- Sin limitación en las partidas de inmovilizaciones intangibles tecnológicas , destinadas a la innovación o modernización tecnológica de las empresas.
- Sin limitación en las partidas de inmovilizado material diferentes a construcciones, terrenos y bienes naturales.
- Las partidas de inmovilizaciones intangibles no “tecnológicas”, tales como i+D, concesiones administrativas, propiedad industrial, derechos de traspaso y anticipos para inmovilizaciones intangibles, no podrán superar el 50% de la inversión total.
- Las inversiones en inmovilizaciones materiales consistentes en terrenos y bienes naturales o construcciones, no podrán superar el 80% de la inversión total.
- Los activos circulantes deben estar ligados al proyecto de inversión y no pueden superar el 20% del importe total de la inversión
- Se financian los gastos de establecimiento, hasta un límite del 10% de la inversión total.
En todo caso no pueden financiarse las reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, inversiones cuya finalidad sea la deslocalización de la empresa española, IVA y otros impuestos ligados a la inversión.
Las inversiones a financiar no podrán estar iniciadas con anterioridad al 1 de julio de 2008 y deberán ejecutarse en el plazo máximo de 2 años desde la firma.
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Línea
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Dotación
(Mill. euros)
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Importe máximo
(euros)
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Tipo de interés
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Plazos (1)
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| Internacionalización |
200
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1.500.000
6.000.000
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- Fijo: ICO+0,99%
- Variables: ICO+0,99%
- Fijo: ICO+1,34%
- Variable: ICO+1,34%
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5,7 ó 10 años |
Si está interesado en ampliar esta información:
En la web del ICO o en el Tfno.: 900 121 121. Asimismo disponemos de folletos informativos que puede solicitar por correo electrónico en la siguiente dirección: comunicacion@ico.es
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