Si está pensado en montar una pequeña empresa, abrir un negocio o emprender una actividad profesional la financiación para su desarrollo será una de sus mayores preocupaciones. Conscientes de esta realidad, el Instituto de Crédito Oficial pone en marcha por tercer año consecutivo la Línea de Financiación ICO-Emprendedores 2008, con una dotación de 75 millones de euros.
¿A quién esta dirigida esta Línea?
Esta línea está destinada a las microempresas de nueva creación o profesionales que inicien una nueva actividad, independientemente de su forma jurídica. Para poder acogerse a esta línea, la empresa no debe tener una antigüedad superior a 1 año, ni emplear a más de 9 trabajadores a 31 de diciembre de 2007, ni tener una facturación superior a 2 millones de euros.
Una de las principales ventajas de esta línea de financiación son sus tipos de interés preferenciales, más ventajosos que los ofertados en el mercado. El tipo de interés es de Euribor a 6 meses 1%, si los proyectos no tienen aval de una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR), o de Euribor a 6 meses 0,50% para los proyectos que cuenten con el aval de una SGR.
Este tipo de interés cuenta con una bonificación por parte del ICO de 1 punto porcentual para las operaciones sin aval de SGR, que se aplica como amortización anticipada del capital, lo que calculado para un préstamo tipo de cinco años con un año de carencia, supone una bonificación de 30 euros por cada 1.000 euros de financiación. Para los emprendedores que opten por ser avalados por una SGR, el ICO asumirá el coste del aval en su totalidad.
Con el fin de hacer que la financiación se adecue lo más posible a las necesidades de los emprendedores, los plazos de amortización son también más flexibles: 3, 5 y 7 años, con la posibilidad de optar por 1 o 2 años de carencia.
Financiación de hasta 200.000 euros por beneficiario y año.
¿Qué puede financiarse?
Con cargo a la Línea ICO-Emprendedores puede financiarse hasta el 90% de la inversión que se vaya a realizar en activos fijos nuevos productivos, con un límite de 200.000 euros por beneficiario y año.
Son financiables, además de los activos materiales, las inversiones realizadas en activos inmateriales “tecnológicos”, cuya finalidad sea la innovación tecnológica de las empresas, tales como redes de uso local, programas informáticos o páginas web. Las inversiones en activos inmateriales “no tecnológicos”, como licencias, franquicias o traspasos, sólo podrán suponer el 50% del importe total de la financiación que se vaya a recibir con cargo a la Línea ICO-Emprendedores. Asimismo se financian los gastos de constitución y primer establecimiento, si bien no podrán superar el 20% de la inversión total que se vaya a financiar.
La tramitación de los préstamos es muy sencilla y cómoda a través de la práctica totalidad de los bancos y cajas implantados en España. Son las Entidades de Crédito las encargadas de analizar el proyecto, determinar las garantías a aportar y decidir sobre la concesión del préstamo, siempre con las condiciones marcadas por el ICO. Para finalizar es importante recordar que estos préstamos no tienen ninguna comisión, ni de apertura, ni de estudio ni de disponibilidad.
Si está interesado en ampliar esta información:
En la web del ICO o en el Tfno.: 900 121 121. Asimismo disponemos de folletos informativos que puede solicitar por correo electrónico en la siguiente dirección: comunicacion@ico.es
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