Convenio de colaboración entre el ICO y el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM) para sectores agricola, ganadero y de las industrias agroalimentariasEs decir, podrán obtener ayuda complementaria todas las operaciones de préstamo que se hayan formalizado al amparo de alguna de dichas líneas, desde la fecha de entrada en vigor de las mismas.
- Inversión 2010
- Emprendedores 2010
- Economía Sostenible 2010
- Internacional 2010
Serán clientes las industrias o empresas que tengan consideración de PYME. No obstante, a estos efectos:
Por último, el Acuerdo será de aplicación a las operaciones que se hayan formalizado mediante un PRÉSTAMO. En ningún caso se concederán ayudas a operaciones formalizadas bajo la modalidad de leasing.
El importe de la bonificación será del 0’25% del interés nominal, sin que en ningún caso, el tipo de interés resultante sea inferior a 0%.
Dicha bonificación una vez aprobada, se hará efectiva mediante la aplicación de la misma al préstamo formalizado como amortización anticipada del mismo.
Deberá solicitar la bonificación de intereses al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM), a través de la Entidad Financiera con la que formalizó el préstamo. Para ello deberá cumplimentar el Anexo I: “Declaración Responsable- Préstamos individuales” y entregarla en dicha entidad, que se adjunta.
La Entidad Financiera, dará directamente traslado de las solicitudes recibidas al MARM:
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE FOMENTO INDUSTRIAL E INNOVACIÓN
Paseo de Infanta Isabel, 1 (despacho B-75)
(28071 – MADRID)
O bien al Fax: 91 347 57 70
O bien por email a: ayudainversion2010@marm.es
Desde la firma del contrato de préstamo en las líneas indicadas, hasta el 1 de abril del 2011.
Dichas bonificaciones otorgadas por el MARM serán compatibles con las subvenciones que puedan conceder las Comunidades Autónomas para los mismos Clientes.
Los proyectos de inversión que cumplan los requisitos fijados por:
podrán acceder tanto a los préstamos ICO como a dicha subvención del tipo de interés del MARM, siempre que no superen los límites establecidos en la legislación de la Unión Europea en materia de ayudas públicas.