Recursos disponibles:
Esta línea pone a disposición de las empresas 6.000 millones de euros, de los cuales 3.000 millones son aportados por ICO y hasta 3.000 millones son aportados por las Entidades de Crédito.
Hasta el 21 de diciembre de 2009 o hasta el consumo de los fondos disponibles, si ése fuese anterior a la fecha indicada.
Empresas que por su dimensión no pueden acceder a la Línea ICO – LIQUIDEZ PYME 2009, los CLIENTES deberán cumplir los requisitos siguientes:
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Cifra de negocio anual inferior a 4.500 millones de euros al cierre del último ejercicio.
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No participar o estar participada en un 25% ó más por empresa o conjunto de empresas cuya cifra de negocio sea superior a 4.500 millones de euros.
Plazo de amortización y liquidación de intereses:
Se contemplan varios tipos de amortización:
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Tipo 1: Modalidad A: 3 años, incluido 1 año mínimo de carencia de principal, con periodicidad de amortización a decidir entre la Entidad de Crédito y el Cliente.
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Tipo 2: Modalidad A: 1 año, sin carencia de principal obligatoria
Modalidad B: 3 años, 1 año de carencia de principal.
En todos los tipos la periodicidad de amortización liquidación de intereses será acordado entre la Entidad de Crédito y el cliente.
Importe máximo de financiación por cliente:
El importe máximo de financiación será de 50 millones de euros por cliente y año, en una o varias operaciones.
En las operaciones de Tipo 1, la operación se cofinanciará al 50% entre el ICO y las Entidades de Crédito. En las operaciones de Tipo 2 la financiación será 100% del ICO.
Tipo de interés:
Tipo fijo medio de los dos tipos siguientes:
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Fijo, Referencia ICO, más el margen que se aplique.
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Fijo, Referencia Entidad de Crédito, más el margen que se aplique.
Se podrá aplicar a la operación uno de los cuatro márgenes siguientes:
- 2,00%
- 2,50%
- 3,00%
- 3,50%
En cualquier caso, el tipo de interés final aplicable al cliente (tipo referencia más margen) en el Tramo Fondos Entidad no podrá ser superior al Tramo Fondos ICO más 1,50%.
Modalidad A:
- Fijo, Referencia ICO, más hasta 3,5%
Riesgo de las operaciones:
El ICO asume el 50% del riesgo de las operaciones de préstamo que se formalicen acogidas en el Tipo 1 de esta Línea Liquidez Medianas, hasta agotar el límite asignado por Entidad en función de la cartera de préstamos formalizados. En cualquier caso, el estudio y concesión de la operación es potestad de la Entidad de Crédito, en virtud de las condiciones y obligaciones que asume en el Contrato de Colaboración que suscribe con el ICO.
Comisiones:
0,40 % sobre el importe dispuesto.
Cancelación anticipada voluntaria:
Por acuerdo entre el Cliente y la Entidad de Crédito, se podrá realizar, en el momento que las partes acuerden, la cancelación anticipada, total o parcial, de la operación de préstamo/leasing, en las condiciones siguientes:
1.- Para operaciones que se encuentren dentro del ámbito de la Ley 41/2007, de regulación del mercado hipotecario: 0,50% flat sobre el importe cancelado.
2.- Resto operaciones: 1% flat sobre el importe cancelado.
Tramitación:
Directamente en las oficinas de los principales Bancos, Cajas de Ahorros y Cajas Rurales establecidos en España. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por bancos y cajas en las condiciones indicadas.
Documentación:
El cliente tendrá que presentar la documentación que cada Entidad de Crédito considere necesaria para estudiar la operación.
Garantías:
Cada Entidad de Crédito analiza la solicitud del préstamo y, en función de la solvencia del solicitante, determina las garantías a aportar, que pueden ser por ejemplo: