El ICO y la Junta de Andalucía con fecha 24 de julio de 2008, han suscrito Acuerdo de Colaboración para fomentar las inversiones que las empresas andaluzas realicen y que financien a través de las
Líneas ICO-PYME 2008,
ICO-EMPRENDEDORES 2008 ,
ICO – CRECIMIENTO EMPRESARIAL 2008 e
ICO-INTERNACIONALIZACIÓN 2008.
Beneficiarios
El presente Convenio será de aplicación en las operaciones de crédito (préstamo o leasing) formalizadas al amparo de alguna de las cuatro Líneas que componen el Plan de Fomento Empresarial 2008 que financien proyectos de nuevas inversiones productivas que sean llevados a cabo por las empresas, especialmente las PYMEs, que no estando expresamente excluidas de la Orden de 19 de abril de 2007, tengan establecimiento operativo en Andalucía, o vayan a proveerse de él mediante el proyecto que presentan conforme a la citada Orden o bien, en el caso de beneficiarios finales de la Línea “ICO – INTERNACIONALIZACIÓN DE LA EMPRESA ESPAÑOLA 2008” por aquellas empresas con domicilio social en Andalucía que realicen proyectos de inversión en el exterior siempre que cumplan los requisitos establecidos en la Orden de 19 de abril de 2007.
Lugar y plazo de presentación de solicitudes de ayuda
Las solicitudes de bonificación de tipo de interés a las que se refiere el presente Convenio se tramitarán y resolverán con arreglo a lo previsto en la Sección Sexta de la Orden de 19 de abril de 2007, publicada por la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía (BOJA nº 91, de 9 de mayo de 2007).
Bonificación Junta de Andalucía
La Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, a través de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía podrá conceder , si se cumplen los requisitos establecidos en la Orden de 19 de abril de 2007, una bonificación al tipo de interés de las operaciones adscritas a alguna de las líneas ICO del PLAN DE FOMENTO EMPRESARIAL 2008, de 1 punto porcentual con carácter general y de 1,25 puntos cuando la operación fuese avalada por una S.G.R. andaluza, como valor actualizado neto, aplicada como amortización anticipada de capital.
Forma de pago de la bonificación del tipo de interés
La bonificación del tipo de interés, será abonada por la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía en una sola vez, como valor actualizado neto, a lo largo de los dos primeros años de la vida del préstamo o leasing, a través de la Entidad de Crédito mediadora, quien la aplicará a amortizar anticipadamente la parte correspondiente del principal del préstamo.