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FINANCIACIÓN

flecha abajoLÍNEA ICO-MEDIOAMBIENTE 2006

Línea de Financiación para inversiones encaminadas a la mejora medioambiental y la prevención del cambio climático, en colaboración con el Ministerio de Medio Ambiente.

Finalidad
Línea de financiación cuyo objetivo es financiar las inversiones llevadas a cabo por las pyme españolas, encaminadas a la mejora medioambiental y la prevención del cambio climático.

Recursos disponibles
Esta línea está dotada con 30 millones de Euros.

Beneficiarios
Pequeñas y medianas empresas, de acuerdo con la Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003, que presenten proyectos dirigidos a la prevención de la contaminación y del cambio climático, de acuerdo con la Guía de Inversiones financiables que se recogen en el Anexo II.

Inversiones Financiables
Hasta el 80% de la inversión neta, previamente evaluada y aprobada por el Ministerio de Medio Ambiente, debiendo cumplirse los siguientes límites:

  • Si el proyecto presentado incluye inversión inmobiliaria, esta no será superior al 80% del importe de la inversión total a financiar.

Importe máximo de financiación por beneficiario
El importe máximo de financiación con fondos de la Línea ICO-MEDIO AMBIENTE 2006 será de 500.000 euros por beneficiario y año, ya sea en una única operación o varias.

Plazo de amortización
El empresario puede elegir entre:
  • 5 años, sin carencia o con 1 año de carencia de principal
  • 7 años, sin carencia o con 2 años de carencia de principal
Tipo de interés
Tipo de interés variable referenciado a EURIBOR 6 meses 0,75 %.

Bonificación del Ministerio de Medio Ambiente
El Ministerio de Medio Ambiente bonificará un 0,50% el tipo de interés, que será aplicada como amortización anticipada de capital, quedando el tipo de interés al beneficiario final en Euribor 6 meses 0,25%.

Cancelación anticipada
Sólo se permiten cancelaciones anticipadas coincidiendo con la fecha de revisión. Estas cancelaciones no conllevarán penalización.

Tramitación
El beneficiario final presentará a la Entidad de Crédito, el Proyecto de Inversión susceptible de ser financiado por esta Línea. La Entidad de Crédito hará seguir la documentación al Ministerio de Medio Ambiente a través del ICO.

En el plazo máximo de 10 días naturales, el Ministerio de Medio Ambiente, lo remitirá a las Comunidades Autónomas, para la elaboración de un informe sobre el proyecto de inversión. Este informe tendrá carácter definitivo y deberá ser remitido al Ministerio de Medio Ambiente, en el plazo de 15 naturales, a los efectos de su contabilización y traslado al ICO en un plazo máximo de 10 naturales.

El ICO lo comunicará a la Entidad de Crédito, quien dispone de tres meses a contar desde la fecha de comunicación por el ICO de la evaluación favorable del Ministerio de Medio Ambiente para formalizar el préstamo con el beneficiario final, por el importe máximo aprobado por el Ministerio de Medio Ambiente.

Documentación
El Beneficiario Final presentará, en cualquiera de las Entidades de Crédito colaboradoras, el Proyecto de Inversión susceptible de ser financiado por esta Línea, a través del Anexo I “Solicitud de operación ICO – Medio Ambiente 2006”, que incluirá una Memoria del Proyecto, de acuerdo con la Guía de Inversiones que se incorpora como Anexo II.

Los citados documentos, necesarios para tramitar las operaciones, serán cumplimentados por los Beneficiarios Finales solicitantes y remitidos por la Entidad de Crédito colaboradora al ICO en duplicado ejemplar, quien a su vez enviará al Ministerio de Medio Ambiente una copia de la “Solicitud de operación ICO - Medio Ambiente 2006” (Anexo I), incluida la Memoria del Proyecto.

Plazo para presentar las solicitudes
Las solicitudes podrán ser remitidas por las Entidades de Crédito al ICO hasta el 31 de octubre de 2006.

Garantías
Cada entidad de Crédito analiza la solicitud del préstamo y, en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad del proyecto de inversión, determina las garantías a aportar, que pueden ser por ejemplo:
  • Hipotecarias
  • Personales
  • Avales mancomunados o solidarios
  • Sociedades de Garantía Recíproca

Compatibilidad de ayudas
El máximo total de ayudas quedará sujeto a los límites establecidos por la Comisión Europea en cuanto a la acumulación de ayudas públicas.

Comisiones
Las Entidades de Crédito no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de comisiones (tales como comisión de apertura, comisión de estudio, comisión de disponibilidad, etc.).
Información Adicional